La Fundación EOI (Escuela de Organización Industrial), en colaboración con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de España, ha abierto el plazo para inscribirse en su programa de ayudas “Programa Activa Ciberseguridad”. Están dirigidas a las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y tienen como objetivo mejorar sus niveles de ciberseguridad. El plazo máximo para pedir estas ayudas es el 31 de enero de 2021.

Estas ayudas son aplicables en todo el territorio nacional español. Eso sí, cada subvención se regulará según el ámbito geográfico en el que se aplican. Además, para poder beneficiarse de este programa se necesitan cumplir tres requisitos:

  • Tener la condición de PYME.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Los beneficiarios de estas ayudas recibirán: un diagnóstico especializado e individualizado de la situación de la empresa, un asesoramiento y una propuesta de soluciones, y un seguimiento y valoración de las medidas implantadas. El número de horas de asesoramiento, así como el valor económico en el que se cuantifica ese servicio, varía en función del nivel de uso de las tecnologías (bajo, medio y alto) y del número de trabajadores (menos de 5, entre 5 y 50, y más de 50).

 

Criterios de valoración y resolución

La evaluación la realizará la Comisión de Selección de subvenciones de la Fundación EOI, que se basarán en los siguientes criterios objetivos (hasta 10 puntos):

  • Nivel de uso de la tecnología digital de la empresa (hasta 7 puntos): Baja (4), Media (6) y Alta (7).
  • Si la empresa ha sufrido un ataque de ciberseguridad en los tres últimos años naturales (3 puntos).

De esta forma, se dará mayor prioridad a aquellas empresas que hayan sufrido un ciberataque y/o tengan un gran uso de las tecnologías.

El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será el 24 de febrero de 2021. Además, en la resolución se incluirá:

  • La relación de los solicitantes a los que se concede la ayuda, las ayudas concedidas y las condiciones de la concesión.
  • La desestimación expresa de las restantes solicitudes.
  • El régimen de recursos.

Por último, cabe destacar que se puede “producir la pérdida del derecho total o parcial a recibir esta ayuda cuando quede de manifiesto el incumplimiento, desde el momento de la concesión o de forma sobrevenida”. Las empresas que pierdan estas ayudas quedarán inhabilitadas para poder acceder a nuevas convocatorias.

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Fuentes: barrixe.com

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